Frente a las tradicionales compras de última hora para las celebraciones de Fiestas Patrias en la Región de Magallanes, la legislación laboral fija un marco regulatorio estricto para la atención del público. Según establece la Ley N° 19.973, los establecimientos del comercio deberán finalizar la jornada de sus trabajadores, a más tardar, a las 21:00 horas de este jueves 17 de septiembre.
El descanso obligatorio e irrenunciable para los dependientes del rubro regirá durante todo el viernes 18 y sábado 19 de septiembre, extendiéndose de manera continua hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre. Desde la Dirección del Trabajo recordaron que los empleadores del sector no podrán mantener a su personal cumpliendo funciones fuera del horario límite estipulado para la víspera dieciochera.
Rubros exceptuados y fiscalización
En contraste con el comercio formal, las jornadas en oficinas y otras actividades del sector privado no regidas por el feriado irrenunciable dependerán exclusivamente de los acuerdos previos entre empleadores y trabajadores. Asimismo, la normativa legal considera excepciones para establecimientos que prestan servicios esenciales o de entretenimiento, tales como restaurantes, pubs, cines, casinos de juego, cines y farmacias de turno o de urgencia.
De igual forma, podrán operar las estaciones de servicio, sus tiendas de conveniencia asociadas y los pequeños almacenes de barrio, siempre y cuando estos últimos sean atendidos directamente por sus propios dueños o familiares directos al no existir relación laboral subordinada. La Dirección del Trabajo desplegará un plan nacional de fiscalizaciones para garantizar el cumplimiento de la norma y atender denuncias a través de sus canales oficiales.