Sanciones para quienes no respeten el feriado

Debido al feriado irrenunciable del próximo 1 de enero, los locales comerciales deberán cerrar a más tardar a las 20 horas del domingo 31 de diciembre y quedan libres de trabajar con excepción de algunos casos, como los dueños de tiendas, farmacias, pubs, restaurantes, casinos, discos y otros lugares de entretenimiento. De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley 19.973.


En caso de transgredir las normas sobre el feriado irrenunciable, serán sancionadas con un mínimo de  $233.465
y un máximo de $933.860 (5 a 20 UTM por trabajador afectado,
dependiendo de la cantidad de trabajadores que tenga la empresa.

Los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.

El trabajador que sea forzado a trabajar puede hacer la denuncia en el ministerio del trabajo.

Durante
las fiestas de 2016 se practicaron 459 fiscalizaciones, 21 de las
cuales terminaron con la aplicación de sanciones, donde se aplicaron
multas que en algunos casos ascendieron a $ 37.491.719.

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