La Corte Suprema revocó tres fallos emitidos previamente por la Corte de Apelaciones de Arica que habían acogido recursos de protección presentados por deudores en contra de la Tesorería General de la República (TGR), ratificando de forma definitiva la legalidad de las acciones de cobro judicial por deudas asociadas al Crédito con Aval del Estado (CAE).
Con esta decisión, el máximo tribunal del país rechazó las acciones interpuestas por los usuarios y dejó sin efecto los criterios sustentados por el tribunal de alzada ariqueño. Según precisó el organismo fiscal a través de un comunicado oficial, el proceso de cobro aplicado se ajusta estrictamente al procedimiento ejecutivo contemplado en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario.
Respaldan facultades fiscales y zanjan debate legal
El fallo de la Corte Suprema constituye un precedente clave al validar las herramientas procesales utilizadas por el Fisco para la recuperación de estos créditos educativos a nivel nacional, asegurando la continuidad de las ejecuciones administrativas y judiciales vigentes.
Al respecto, el jefe de la División Jurídica de la TGR, Juan Pablo Marras, valoró la sentencia enfatizando que “estos fallos ratifican la interpretación legal de Tesorería en esta materia. A su vez, respaldan nuestras facultades para la cobranza judicial de estos créditos fiscales, dejando sin efecto los fallos minoritarios que existían en contra del Servicio”. La autoridad jurídica concluyó manifestando que “con estas sentencias, la discusión sobre la constitucionalidad y legalidad del actuar de la TGR se zanja de manera definitiva”.