Cámara de Diputadas y Diputados despacha a ley proyecto que perfecciona la normativa de seguridad municipal

La iniciativa aprobada con 121 votos a favor modifica la Ley N° 21.802. Permite contratar inspectores bajo el Código del Trabajo con calidad de funcionarios públicos, fija un nuevo margen de gasto presupuestario y flexibiliza los exámenes psicofísicos en recintos públicos y privados.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este lunes, por una amplia mayoría de 121 votos a favor, siete en contra y seis abstenciones, el proyecto que introduce modificaciones a la Ley N° 21.802, cuerpo legal destinado a robustecer la institucionalidad municipal en materias de seguridad pública y prevención comunal del delito. Con este pronunciamiento de la sala, la iniciativa legislativa quedó despachada del Congreso Nacional y en condiciones de ser promulgada como ley de la República.

En el desglose de la votación, los votos contrarios correspondieron a los parlamentarios Héctor Barría (DC), Jaime Bassa (FA), Carlos Cuadrado (PPD), Javier Muñoz (DC), Javier Olivares (PDG), Cristián Tapia (ind-PPD) y Nelson Venegas (PS). En tanto, optaron por la abstención Jaime Araya (ind-PPD), Francisco Crisóstomo (PS), Andrea Macías (PS), Alex Nahuelquín (PDG), Raúl Soto (PPD) y Héctor Ulloa (PPD).

El texto legal tiene como finalidad subsanar los nudos críticos y las complejidades operativas advertidas durante los primeros meses de vigencia de la normativa —promulgada en agosto recién pasado—, dotando a los gobiernos locales de mayores facultades de gestión técnica y presupuestaria.

Inspectores bajo Código del Trabajo y estatuto de responsabilidad

Una de las modificaciones más sustantivas radica en la facultad expresa otorgada a los municipios para contratar inspectores de seguridad comunal bajo las normas del Código del Trabajo. Dichos operarios mantendrán la calidad jurídica de funcionarios públicos y quedarán afectos al régimen de responsabilidad administrativa, cuyo cumplimiento y eventuales sanciones se instruirán mediante los sumarios y procedimientos disciplinarios del Estatuto Administrativo Municipal.

En el ámbito salarial, el articulado dispone que las remuneraciones pactadas bajo este mecanismo deberán asimilarse a un grado de la planta municipal, quedando prohibido que superen los sueldos percibidos por el personal de planta o contrata que cumpla tareas de similar naturaleza. Del mismo modo, la ley estableció techos regulatorios para el pago de indemnizaciones.

Nuevo margen de gasto y flexibilización en exámenes

El proyecto redefine los topes financieros de contratación para no paralizar los patrullajes. La normativa exime estos pagos del límite general de gasto en personal municipal y fija en su reemplazo un margen de hasta el 5% de los ingresos propios percibidos por el municipio en el año anterior. Dicho porcentaje podrá incrementarse excepcionalmente hasta un 15% previa visación de la Subdere, e incluso alcanzar hasta un 25% si cuenta además con la autorización de la Dirección de Presupuestos (Dipres).

Asimismo, la modificación legal flexibilizó la acreditación de idoneidad física y psicológica exigida para el ejercicio del cargo. Las evaluaciones ya no estarán circunscritas con exclusividad a la red pública de salud, pudiendo efectuarse en centros asistenciales privados o en las mutualidades de seguridad laboral. Los inspectores en funciones dispondrán de un plazo de doce meses tras su decreto alcaldicio para cumplir este requisito.

Finalmente, la ley exige a los conductores de patrullas municipales o de asociaciones comunales contar con licencia no profesional con un mínimo de tres años de antigüedad, amplía de 60 a 180 días determinados plazos transitorios y crea un plan anual de oferta programática de seguridad financiado por Subdere, orientado a costear infraestructura y capacitación continua para las dotaciones comunales.

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